Por Daniela Hacker
Tomás Armando Bazán falleció por cáncer en el 2004. Era operario telefónico y tenía una tarjeta de crédito del Banco Francés con deuda del año 2000 y 2001.
A Alicia, su hija que trabaja de mucama, la llamaron en el 2006 de un estudio de abogados reclamando $1100.
Y, hace un mes, la volvieron a llamar de otro estudio, pero esta vez le reclamaron $2100.
Isabel Novosad, Abogada es especialista en derecho del consumido bancario y Presidenta de la Asociación PADEC.
¿Son los familiares de un fallecido sin recursos responsables de su deuda?
No está obligada a cancelar esa deuda. Las deudas no se heredan en forma automática. Los herederos pueden ser perseguidos por deudas hasta el monto de lo que reciben por herencia. Esto se llama en derecho: beneficio de inventario.
De todos modos, más allá de que se trate o no de una persona que no tenía bienes, la entidad bancaria incluyó riesgos de incobrabilidad en la tasa de interés que aplicó durante la relación contractual, y el fallecimiento del usuario es uno de los riesgos que se incluyen allí.
Además, si cuando tenía las tarjetas le cobraban un cargo impuesto unilateralmente por “Seguro de Vida” (o “Cobertura de Vida”), al morir el usuario el banco cobra el saldo deudor con intereses a la compañía de seguros.
¿Qué es lo que tiene que hacer Alicia y otros que se encuentran en la misma situación?
Es conveniente que presente en el banco (no en el estudio de cobranza) una nota (con copia firmada y sellada al momento de la recepción o bien mediante carta documento) informando el fallecimiento de la persona y la falta de disponibilidad de recursos, e intimándolos a que se abstengan de continuar pretendiendo recaudar sumas de dinero que no corresponden.
Publicado el 21 de Junio, en BANCOS
Por Daniela Hacker
Cuando los consumidores concurren a un organismos de defensa del consumidor, son llamados a una conciliación con la empresa denunciada.
Pero la incógnita siempre se refiere a cuál será el espíritu de la empresa: ¿vendrán decididos a conciliar o por el contrario, no vendrán predispuestos a llegar a un acuerdo?
La Defensoría del Consumidor de la Ciudad de Bs As aporta una estadística importante para tener en cuenta.
El rubro que más demostró tener voluntad de conciliar son los relacionados con los electrodomésticos. De 566 denuncias realizadas desde el 1 de diciembre del 2006 a mayo de este año, han conciliado 519 veces, es decir 91,6%.
El segundo lugar le corresponde a Internet. De 240 denuncias en el mismo período, las empresas del sector conciliaron 169 veces, llegando a un 70,4% de acuerdos.
En tercer lugar, el rubro más denunciado: las compañías de telefonía celular. Aquí , en un total de 679 denuncias, se concilió en 456 de oportunidades. Esto demuestra que llegaron a un acuerdo en el 67% de los casos.
En cuarto lugar: Bancos y Financieras. De 251 denuncias realizadas en la Defensoría del Consumidor de la Ciudad, sólo 110 llegaron a buen puerto, lo que representa el 43,8%.
Las empresas que menos conciliaron con los consumidores son de los siguientes rubros:
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Medicina prepaga, un rubro importantísimo teniendo en cuenta que aquí no sólo se trata del dinero sino que está involucrada la salud, sólo acordó con los consumidores que los denunciaron en el 29,5% de los casos.
Las empresas del rubro automotriz, turismo y hotelería, sólo llegaron a un 19% de conciliaciones satisfactorias.
Y por último, el transporte de pasajeros (aéreos, fluvial y terrestre) concilió solamente en el 15% de las denuncias.
Esta estadística no tiene por fin desalentar a nadie. Sino que sólo tiene como objetivo tener una idea más clara de cómo actúan las empresas cuando son denunciadas por los consumidores. Claro que no es determinante ya que cada caso es diferente y único.
Por último, es importante explicar que cuando no se llega a un acuerdo satisfactorio, la denuncia sigue su curso. El consumidor ya no es parte del proceso, y la empresa, si se comprueba que cometió una infracción, es multada. Sin embargo, ese dinero no irá a los bolsillos del consumidor, pero le quedará la opción de ir con ese dictamen favorable a la justicia.
Otros datos:
En los Tribunales Arbitrales de Consumo lo sectores más remisos a aceptar el arbitraje voluntario son los seguros, las prepagas, las terminales automotrices, las proveedoras de Internet, las tarjetas de crédito (las marcas, no los bancos), las concesionarias automotrices y las empresas de televisión por cable. Los prestadores de servicios públicos domiciliarios nunca han aceptado el arbitraje, aunque voluntariamente podrían hacerlo.En cambio, las empresas que más concilian son las de telefonía móviles y algunos bancos.
En la Defensoría del Consumidor de la Provincia de Bs As, el rubro que menos aceptó la conciliación son las automotrices. Y las más voluntariosas: las compañías de telefonía celular y las prepagas.
Teléfonos útiles:
Defensoría del consumidor de la Ciudad de Bs As 0800 999 2727
Defensoría del consumidor de la Provincia de Bs As 0800 9042
Tribunales Arbitrales de Consumo 4349 4167/8
Publicado el 31 de Mayo, en BANCOS, CABLE, INTERNET, SALUD, TELÉFONO, TRANSPORTE
Por Daniela Hacker
Un informe de la asociación de consumidores PADEC denuncia que:
“La circular “A 3052” del BCRA establece que en todas las operaciones de crédito “las tasas de interés compensatorio se concertarán libremente entre las entidades financieras y los clientes”.
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Pero el mercado financiero diferencia sus clientes por categorías formuladas sobre criterios de comparación verificables: nivel de ingresos, patrimonio, oportunidades, realizaciones, libertades, derechos. Por ello es que la concertación libre de las tasas de interés del crédito sólo se constata en las relaciones cuyas partes mantienen elementos de comparación similares. Solamente las condiciones de igualdad permiten la negociación y libertad contractual.
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La evidencia más clara de desigualdad de los usuarios de contratos masivos es la ausencia del estadio de negociación. La autonomía de la voluntad del consumidor del servicio bancario se encuentra limitada a la aceptación o rechazo de todo el contrato”.
Publicado el 31 de Mayo, en BANCOS
Por Daniela Hacker
El Banco de la Provincia de Buenos Aires deberá devolver a todos los usuarios de las tarjetas de débito VISA BAPRO ELECTRON las sumas que les cobró indebidamente a 1.908.285 cuentas, en concepto de seguro más los correspondientes intereses calculados a la misma tasa que percibe el banco.
La suma total supera los $60.000.000. Los importes, que serán entre $20 y $70, deberán ser depositados en las cuentas que cada uno de los usuarios tienen en el banco, sin intermediario alguno.
Esto se debe a que la Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó el recurso de queja que interpusiera el en el juicio de acción colectiva que le siguió la Unión de Usuarios y Consumidores con la intervención de los Dres. Horacio Bersten y Flavio Lowenrosen.
En abril del 2001, el Banco, impuso en forma obligatoria, a los usuarios de las tarjetas de débito, el descuento automático de un $1 por mes de seguro por el robo en cajeros automático que no cubría el hurto y las defraudaciones los que son los problemas más comunes.
El seguro fue contratado a través de Provincia Seguros –otra empresa del grupo Bapro- y durante los dos años de vigencia compulsiva, recaudó la cantidad de $18.277.345 y el Banco pagó la cantidad de $782.398 por robos, por lo que obtuvo una utilidad del 95% sin efectuar inversión alguna, con el dinero de los usuarios.
Publicado el 27 de Abril, en BANCOS
Por Daniela Hacker
Entrevista a Isabel Novosad, Presidenta de la Asociación PADEC (Prevención, Asesoramiento y Defensa del Consumidor)
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¿Cuales son las quejas mas frecuentes que reciben en la asociación?
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Fundamentalmente, son cuestiones bancarias. Temas puntuales por cargos abusivos y por deudas que los usuarios no pueden pagar. Nosotros lo que intentamos hacer, es evitar que les cobren intereses y cargos abusivos y que los gastos se ajusten a los parámetros de la ley.
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La ley de tarjetas de crédito deja en manos de los mismos bancos el tope de intereses. ¿Qué se puede hacer frente a esto?
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Es exactamente así. El art. 16 de la ley de tarjetas de crédito (25.065) habilita a las entidades emisoras de tarjetas de crédito aplicar hasta un 25% más de las tasas que fije para préstamos personales. Una interpretación literal permitiría suponer que las entidades bancarias pueden cobrar hasta un 25% más de lo que desearan cobrar en préstamos personales. Esta interpretación además de ser chocante con la garantía del derecho de propiedad, implica un privilegio del sector financiero en desmedro del consumo y de la producción.
Por el art. 4 de la ley de Defensa del Consumidor, los bancos deberían informar en forma veraz, detallada, eficaz y suficiente los criterios por los cuales fijan las tasas de interés. Al no dar explicaciones, los bancos se quedan con el dinero de los usuarios a los que sobrecarga con una deuda mayor de lo que deberían soportar.
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¿Cuál es la tasa de interés que deberían cobrar?
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En los tiempos de inflación los jueces consideraban que la tasa de interés aceptable era del 5% al 6% anual más el índice de inflación.
Hay un plenario del año 91 del Fuero Comercial, en el que se advierte el peligro de que en épocas de estabilidad los usuarios terminen pagando tasas de interés más altas que en épocas inflacionarias.
Aristóteles dijo que el dinero no genera dinero. Sino que la ganancia debe estar en función del trabajo. Para eso, las tasas no deberían superar los parámetros de crecimiento económico.En el año 97, se aplico entre 70 y 80% de interés en las tarjetas de crédito.
Actualmente, está entre el 18 y 35 % anual en las tarjetas de primera línea. Las de segunda línea tienen intereses de entre 80 y 90%. Eso es usura.
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¿Por qué es tan importante controlar que los Bancos no cobren ni $1 de más a los clientes?
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El derecho del consumidor tiene relevancia por los efectos macroeconómicos que provoca.Lo grave es que si en los contratos masivos se generan irregularidades estamos frente a una afectación del derecho de propiedad. Por ejemplo: 300 mil o más personas a las que le han exigido el pago de manera compulsiva de 3 o 4 pesos por cargos que son ilegales.La cuestión se torna relevante porque esas personas dejaron de consumir, por ejemplo, $2 que multiplicado por 300 mil personas son $600.000.En el caso de $8 pesos es $2.400.000 en un solo mes.Multiplicado por 12 meses en el caso de $2 son $7.200.000. Y en $8 son $28.000.000 anuales.Por lo tanto, esto influye en las fuentes de trabajo generándose así una reducción del consumo y un desplazamiento del derecho de propiedad en desmedro de los consumidores y a favor de los bancos que cobran de más.
Publicado el 11 de Abril, en BANCOS, ENTREVISTAS