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PUBLICIDADES ENGAÑOSAS: TURISMO, BEBIDAS ALCOHÓLICAS, INTERNET , y más

Por Daniela Hacker

La Dirección de Defensa del Consumidor del Ministerio de Desarrollo Económico, realizó un relevamiento de publicidades del sector turismo, publicadas en diarios y revistas de tirada nacional, y determinó que el 78% de los casos analizados se encuentran en presunta infracción.

Se trata de 69 publicidades gráficas en las que parte importante de lo que se ofrece se aclara a un costado y en una letra menor a la estipulada legalmente, lo que está en presunta infracción según lo que determina la resolución Res. 789-SICyM.

Además existen casos en los que se omite información de impuestos que elevan más de 100% el precio publicado.
Defensa del consumidor tiene un departamento especializado en el análisis de la publicidad y puso en marcha distintos operativos. Ya realizó 489 actuaciones por publicidad engañosa en sectores como inmobiliarias, supermercados, telefonía celular, bebidas alcohólicas, electrodomésticos y servicios de Internet entre otros.

 “Estamos muy atentos a todo tipo de actitudes o acciones que puedan inducir a errores y perjuicios para los consumidores. La publicidad engañosa lesiona la lealtad comercial y la transparencia de los mercados” señaló al respecto Ramiro Masjuan, director general del organismo porteño que defiende a los consumidores.

La Normativa

El art. 1 de la Res. N° 789-SICyM-98, complementaria de la Ley 22.802,  establece que “quienes publiciten bienes y/o servicios por cualquier medio, deberán hacer constar la información exigida por las normas legales vigentes”.

Por ejemplo en el caso de las publicidades de bebidas alcohólicas: “Beber con moderación, prohibida su venta a menores de 18 años, ley 24.788”, respetando las condiciones y modalidades establecidas.
La resolución aclara “Estos requisitos deberán hacerse extensivos a toda información de cuya omisión resulte que el mensaje publicitario de que se trate, pueda inducir a error, engaño o confusión acerca de sus destinatarios, de las características o propiedades, naturaleza, origen, calidad, pureza, mezcla, cantidad, uso, precio, condiciones de comercialización o técnicas de producción, de los bienes o servicios ofrecidos”.

El artículo 2 de la Resolución N° 789-SICyM-98 establece textualmente “Toda publicidad de bienes y/o servicios difundida a través de medios gráficos, deberá indicar la información alcanzada por el artículo anterior con caracteres tipográficos no inferiores a dos milímetros de altura o, si ésta estuviera destinada a ser exhibida en la vía pública, el dos por ciento (2 % ) de la altura de la pieza publicitaria. La misma deberá tener un sentido de escritura idéntico y contraste de colores equivalente al de la mención del bien o servicio ofrecido y tipo de letra fácilmente legible”

Por último, los anunciantes no están obligados a publicitar precios, pero si lo hacen voluntariamente, “el mismo deberá ser el de contado en dinero efectivo, y corresponderá al importe total que efectivamente deba abonar el consumidor final”.

Antecedentes

En 2006 se multó a Budweisser (150 mil pesos) y a la cervecería Quilmes (100 mil pesos), por no incluir las leyendas obligatorias para ese sector comercial, la multa más fuerte la recibió Galerías Pacífico por un monto de 250 mil pesos. Las sanciones a Galerías Pacífico y Quilmes quedaron firmes, y han sido abonadas por las empresas.
 
Los porteños también pueden denunciar una publicidad engañosa, actualmente el servicio de denuncias está descentralizado y alcanza a toda la Ciudad a través de las oficinas de Defensa del Consumidor que funcionan en los Centros de Gestión y Participación Comunal (CGPC).También se puede solicitar asesoramiento gratuito al 0800-999-2727 o través del correo electrónico defensa@buenosaires.gov.ar, para descargar la ley o leer consejos útiles se puede ingresar a www.buenosaires.gov.ar/consumidor.

OFERTAN A 469, PERO DEBÉS PAGAR ¡1097!

Por Daniela Hacker

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Continuando con el tema de la Publicidad engañosa, entré al site de Asatej y me encuentro con pasajes a Miami  por USD 469.

Llamo y le pregunto a la operadora por esta Oferta.

Ahí me dice que  no están incluídos los impuestos, por lo que en realidad, no son 469 dólares sino ¡1097!
Y clickeando te enterás los verdaderos precios.

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Esto desconoce la Resolución 7/2002 sobre Precios:  Nadie está obligado a Publicitar precios, pero si lo hace, debe poner el PRECIO FINAL: Precio + tasas/ impuestos.

Por último me intereso por el viaje a Bariloche a $981. La operadora me explica que, en realidad es una oferta que está vencida…

CUIDADO CON LA PUBLICIDAD ENGAÑOSA EN VACACIONES DE INVIERNO

Por Daniela Hacker

Ya falta poco para las vacaciones de invierno, y es el momento de estar súper atento a las promesas que luego no serán cumplidas.

Ejemplos no faltan: Hoteles que en los folletos se ven 5 estrellas pero cuando llegamos no encontramos ni una. Micros que no llegan a destino o excursiones que finalmente no nos llevan a los lugares prometidos.

Pero una de las prácticas más comunes es publicitar pasajes en avión a precios muy convenientes pero alejados totalmente de la realidad . Y, cuando queremos contratar, nos enteramos que faltan, por ejemplo, los impuestos.
O que “justo” de acabaron los pasajes de la promo y sólo quedan los más caros.

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Por medio de Blogquejate, me entero de lo que  ASATEJ está promocionan pasajes con muy buen precio pero con una sóla disponibilidad por destino.
¿Por qué sería engañosa? Porque el stock tiene que tener una relación con la publicidad. Esto es importantísimo. Sino cuando quieras adquirir los pasajes, te pueden decir que ya no hay diponibilidad, y aprovechar para venderte uno más caro.

Un antecedente importante es el caso de  la sanción que le impuso la Ciudad de Bs As a CTI por $80 mil.

En este caso se consideró que, la promoción de la compañía de teléfonos celulares para el Día de la Madre de 2004:

El stock de unidades disponible era de sólo trescientas, cantidad notoriamente escasa con relación a la naturaleza del producto, a la dimensión de las publicidades efectuadas en los dos diarios de mayor circulación y a la ya señalada mayor demanda en virtud de la fecha que se aproximaba“.

¿Cuántos folletos repartió ASATEJ?Por último, recuerden que nadie está obligado a publicar el precio en las publicidades, pero si se publicitan,  siempre debe ser el PRECIO FINAL:  precio + tasa/impuestos.

PERSONAL Y SU PUBICIDAD: ¿Qué vida útil tienen sus teléfonos?

Por Daniela Hacker

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Después de haber escuchado tanto la publicidad de Personal, me pregunto: ¿Cuál es la vida útil de los celulares de esta empresa que la pantalla se puede poner “ambar”?

Suponiendo que sea la culpa de los usuarios el desgaste: ¿Qué le tuvieron que hacer al teléfono para que la pantalla esté ambar, no tenga algunos botones y la batería esté puesta con cinta adhesiva?

PUBLICIDAD ENGAÑOSA EN LOS BLOGS

Por Daniela Hacker

nanopoder.jpgLes recomiendo visitar el NanoPoder Blog que tiene un post de denuncia de Publicidad engañosa de un Banco.

Este Blog es muy interesante y divertido.

Publicidades de autos con información engañosa

Por Daniela Hacker

El excelente Argentina Auto Blog, nos informan sobre publicidades de autos con información equivocada.

Su editor critica y aclara datos de publicidades gráficas que pueden confundir a consumidores desprevenidos.

Acá alguna de las publicidades. También informan sobre desperfectos no reconocidos por las compañías.

H2Oh! DE SEVEN UP SANCIONADA POR PUBLICIDAD Y RÓTULO ENGAÑOSOS

Por Daniela Hacker

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Los Jueces de la Sala “B” de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Penal Económico de Capital Federal, confirmaron la resolución de la Dirección Nacional de Comercio Interior N° 580/2006 y multaron a la PEPSICO DE ARGENTINA S.R.L por la suma de $40.000.

Según la resolución  de  los jueces, advierten que el nombre de la bebida H2OH! guarda una similitud marcada con la fórmula química del agua (H20), y  el sonido correspondiente a la pronunciación de la expresión “H20h!” es idéntico al de la fórmula química del agua (H20), en consecuencia inducen a error , engaño o confusión de la naturaleza del producto.

Premio de la CÁMARA DE ANUNCIANTES

Por Daniela Hacker

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El jueves 18 de octubre a las 18.30 hs en el Hard Rock Café, la Cámara de Anunciantes entregará el premio “Proyectando Valores” 2007.

Estudiantes universitarios y terciarios de todo el país trabajaron en el tema: “La Publicidad y sus efectos sobre los niños y adolescentes”.

El jurado de lujo fue presidido por Luis Mario Castro.

Más info en www.camaranunciantes.org.ar