PUBLICIDAD ENGAÑOSA EN LOS BLOGS
Por Daniela Hacker
Les recomiendo visitar el NanoPoder Blog que tiene un post de denuncia de Publicidad engañosa de un Banco.
Este Blog es muy interesante y divertido.
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El excelente Argentina Auto Blog, nos informan sobre publicidades de autos con información equivocada.
Su editor critica y aclara datos de publicidades gráficas que pueden confundir a consumidores desprevenidos.
Acá alguna de las publicidades. También informan sobre desperfectos no reconocidos por las compañías.

Los Jueces de la Sala “B” de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Penal Económico de Capital Federal, confirmaron la resolución de la Dirección Nacional de Comercio Interior N° 580/2006 y multaron a la PEPSICO DE ARGENTINA S.R.L por la suma de $40.000.
Según la resolución de los jueces, advierten que el nombre de la bebida H2OH! guarda una similitud marcada con la fórmula química del agua (H20), y el sonido correspondiente a la pronunciación de la expresión “H20h!” es idéntico al de la fórmula química del agua (H20), en consecuencia inducen a error , engaño o confusión de la naturaleza del producto.

El jueves 18 de octubre a las 18.30 hs en el Hard Rock Café, la Cámara de Anunciantes entregará el premio “Proyectando Valores” 2007.
Estudiantes universitarios y terciarios de todo el país trabajaron en el tema: “La Publicidad y sus efectos sobre los niños y adolescentes”.
El jurado de lujo fue presidido por Luis Mario Castro.
Más info en www.camaranunciantes.org.ar
Los municipios de la Provincia de Bs As están cobrando impuestos a los comerciantes por publicidad ubicada dentro de los locales.
El Dr. Jorge Carreras, especialista en derecho civil, comercial, litigios, societario, bancario y financiero; y miembro del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal nos explica por qué este tributo puede perjudicar a comerciantes y consumidores. Leer mas »
¿Qué es una Publicidad es engañosa?
Es todo anuncio o publicidad que, por ocultamientos o inexactitudes, induzca al error o engaño al consumidor.
Esto vale tanto para las publicidades en los medios de comunicación, como para los anuncios que se exhiben en los comercios.

Algunos casos:
Carrefour: El juez Dante Rusconi de La Plata dictó recientemente una medida cautelar para que informen a los consumidores el verdadero alcance de esta promoción.
El Juez descubrió que el Compromiso de precios bajos, en realidad era:
a) limitada a un “listado de referencia” de 600 productos;
b) limitada a una zona geográfica: la comparación de precios se hace por “zonas de precios” (9 zonas en total que comprenden los 28 hipermercados de todo el país);
c) limitada a algunos competidores: de cada zona se eligen 5 puntos de venta de los “competidores más importantes”;
d) limitada en el tiempo: el precio rebajado por debajo del de la competencia se mantiene por un lapso de 7 días corridos;
e) limitada a algunos tipos de productos: almacén seco, bebidas, perfumería y limpieza, de las mismas características.
Actualmente, también se iniciaron actuaciones en Defensa del Consumidor de la Ciudad de Bs As.
Hace muchos años, Carrefour también recibió sanciones por publicidad engañosa por vender latas de cerveza con características muy similares a las de los envases de la holandesa Heineken.

Otras empresas multadas por publicidad engañosa:
Danone:
En el 2005, recibió una multa de $150 mil por tener la imagen de un limón en los rótulos de Ser Lima Limón y Limonada Villa del Sur. El código alimentario exige que para poner la imagen de una fruta en una bebida, esta deba contener una cantidad de jugo de esa fruta. Estas 2 bebidas no cumplían con esta regulación.
También, la sancionaron con $100 mil por poner en el rótulo del Agua Villa del Sur las siguientes frases: “Pura por naturaleza”, “nace en el medio de un bosque virgen protegido haciendo llegar …un agua con su pureza original exacta” y “envasado en su fuente de origen”, que por supuesto, no eran reales.
Mc Donald’s “Puertas Abiertas”: La empresa había realizado esta publicidad a causa de lo sucedido con la bacteria escherichia coli.
En el 2005, fue sancionada en $250 mil porque se consideró que la empresa no estaba en condiciones de garantizar que la carne era cocida a la perfección, como se aseguraba en la campaña, ya que el horno podía abrirse manualmente, y, por lo tanto, se podía interrumpir el proceso de cocción.

Daniela:
Hola! Soy lector asiduo a tu blog y quería hacerte una consulta. Yo tenía un cupón con 20% de descuento para el Súper Vea aplicable el día de hoy para TODOS los medios de pagos como podrás ver en el ángulo superior derecho de la foto.
La cajera me dijo que tenían ordenes de hacer SOLO con tarjetas de banco Río mas allá de que indicara otra cosa el cupón. Yo tuve suerte porque tengo Rio, pero me imagino la cantidad de gente que se llevo la sorpresa de no tener el descuento el realizar el pago.
Mi pregunta es, ¿cómo se llama esto? ¿Publicidad engañosa? Imagino que esto debe haber sido una especie de engaño masivo por el tamaño y llegada de la empresa.
Al contratrio de Vea, hay otras empresas que si hacen bien las cosas:
http://www.sabermenos.com.ar
Saludos Cristian
El Dr. Jorge Surin, es especialista en Derecho de la Publicidad y Profesor Titular de Derecho en Publicidad de la Universidad de Palermo. En esta entrevista nos cuenta acerca del Proyecto de Ley sobre publicidad comparativa en vía pública para la Ciudad de Bs As.
Actualmente: ¿Está prohibida la publicidad comparativa?
En la Argentina, existe un vacío legal en cuanto a la aceptación o no de la Publicidad Comparativa. Cuando se intenta castigarla se acude al:
Art. 953 del Código Civil que declara nulos los actos jurídicos contrarios a las buenas costumbres o que perjudiquen los derechos de un tercero o
Art. 31 inciso b de la Ley de Marcas (22.362) que reprime el uso indebido de marca ajena
En nuestro país, si bien existen algunos antecedentes jurisprudenciales como “Rolex/ Orient”, “Coca/ Pepsi” o más recientemente “Quilmes/ Isenbeck” en donde existieron pronunciamientos sobre la publicidad comparativa, existe un vacío legal al respecto, pues no se encuentra formalmente prohibida.
Si bien sería más prolijo que se dicte una Ley de fondo de alcance nacional que regule esa clase de publicidad, hay antecedentes de leyes que han sido promulgadas primero en la Ciudad de Buenos Aires, como la Ley 1799 de control de Tabaco, y que el impulso dado generó que ya se dicten en otras jurisdicciones normativas similares e, inclusive, se esté debatiendo en el Congreso Nacional una ley antitabaco de alcance nacional.