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INFOBAE: CAUTELAR CONTRA CARREFOUR

Por Daniela Hacker

Agradecemos al  Diario Infobae quien,  más allá de no habernos citado como fuente,  publicó completa en su edición de papel, la información publicada en este Blog sobre la  Medida Cautelar contra Carrefour.

MEDIDA CAUTELAR CONTRA CARREFOUR

Por Daniela Hacker

El Juez de Faltas del Juzgado Municipal de Defensa del Consumidor de la Municipalidad de La Plata,  Dr. Dante Rusconi,  ordenó una medida cautelar contra el hipermercado Carrefour porque en su publicidad denominada “El precio garantizado” o “El precio más bajo garantizado cuando más lo necesitás”, consideró que:

“No respeta las normas que la regulan respecto de las condiciones de veracidad (arts. 4 y 7  de la Ley 24.240) y, a la vez, es capaz de inducir a error, engaño o confusión acerca del precio o condiciones de comercialización de productos destinados a consumidores potenciales indeterminados”.

El Juez fundamenta esta medida en que:

“La promoción en cuestión y la normativa que le es de aplicación está sujeta a condiciones que no han sido dadas a conocer con el mismo alcance o en la misma medida que han sido difundidos sus “contenidos positivos”. El objeto de la promoción (“compromiso”) consiste en “garantizar los precios de venta más bajos dentro del mercado organizado”, de acuerdo a las limitaciones que, en síntesis, son las siguientes:

a) limitada a un “listado de referencia” de 600 productos;

b) limitada a una zona geográfica: la comparación de precios se hace por “zonas de precios” (9 zonas en total que comprenden los 28 hipermercados de todo el país);

c) limitada a algunos competidores: de cada zona se eligen 5 puntos de venta de los “competidores más importantes”;

d) limitada en el tiempo: el precio rebajado por debajo del de la competencia se mantiene por un lapso de 7 días corridos;

e) limitada a algunos tipos de productos: almacén seco, bebidas, perfumería y limpieza, de las mismas características.

No obstante, en el folleto de ofertas no consta aclaración de ningún tipo. Y la información que está disponible en la página web en virtud de la masividad de los medios utilizados para divulgar la promoción (radios AM; televisión abierta; diarios; folletos; etcétera), en relación con el reducido acceso generalizado a Internet en nuestro país; no basta para ser considerada información “suficiente” de acuerdo a la exigencia del artículo 4 de la Ley 24.240”.

El juez Rusconi dictó la medida preventiva innovativa, de cumplimiento obligatorio dentro de los límites del Partido de La Plata, para que Carrefour Argentina S.A. informe los principales alcances, condiciones y limitaciones a las que se encuentra sometida su promoción denominada “Compromiso público Carrefour: el precio garantizado”.

“En lo sucesivo, las condiciones de la oferta publicitaria deberán darse a conocer del mismo modo y por los mismos medios utilizados para difundirla”.

El juez considero que  teniendo en cuenta que la promoción en cuestión viene difundiéndose desde hace tiempo de manera generalizada por importantes medios masivos de comunicación, locales y nacionales, la empresa obligada deberá hacer pública la información arriba indicada mediante: la publicación de un espacio tipo “solicitada” en los diarios “El Día” y “Hoy” de La PLata , durante tres días consecutivos”.

Hay que aclarar que la medida aún puede ser cuestionada judicialmente y que la publicación solicitada aún no fue realizada.

Por su parte, el Dr Jorge  Surin de la Dirección Jurídica de Protección al Consumidor y Lealtad Comercial del Gobierno de la Ciudad de Bs As inició el 5 de julio actuaciones en el mismo sentido en la Ciudad de Bs As. 
Surin constató similares presuntas infracciones dentro de un hipermercado de la misma firma inspeccionado en la Ciudad.

Clarin.com, Blog PLAZA PÚBLICA: “No te dejes engañar”

Por Daniela Hacker

Comparto con ustedes mi nota en el Blog Plaza Pública de Clarin.com

¿Cómo te sentiste cuando compraste un “combo” de productos, atraído por el precio, y después descubriste que sumando todos los artículos por separado, el precio final era menor?

¿No te pasó ser el último en llegar al local que promociona una oferta increíble “hasta agotar stock”?

¿O haberte decidido a comprar ese electrodoméstico que deseabas tanto, cuando viste que traía un celular de regalo y después resultó que para llevarte el teléfono debías entrar a un sorteo con todos los que se entusiasmaron con la misma oferta?

Si sos un consumidor cansado de la publicidad engañosa o de tener que estar pendiente de descubrir la trampa, esta nueva sección de Plaza Pública, “Conocé tus derechos como consumidor“, te va a interesar.

Sigue en Plaza Pública

PUBLICIDAD Y CONCURSOS

Por Daniela Hacker
Todo lo que se prometa en una publicidad debe cumplirse.
Parece obvio, pero no lo es. Por lo tanto, si considerás que te vendieron un producto que no cumple con lo que te prometieron en el aviso, podés realizar un reclamo ya sea en la empresa como en los organismos de Defensa del Consumidor.
Además, la ley de defensa del Consumidor dice que:
Todas las ofertas deben contener la fecha precisa de comienzo y de finalización, así como también sus modalidades, condiciones o limitaciones.
Si la publicidad dice “hasta agotar stock” se deberá informar la cantidad de unidades de las que se disponen.
Si vas a participar de un concurso recordá que:Podés participar de un concurso aunque no compres el producto.
Por eso, las empresas deben entregar de forma gratuita el elemento requerido para la participación en al menos un local de cada ciudad donde se lleve a cabo la promoción, durante 4 horas continuas. Esto debe ser informado en todos sus locales. (Decreto 1153/97).

Ante cualquier duda consultá a la Subsecretaría de Defensa del consumidor: 0800 666 1518